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Excusas para librarte de una mesa electoral el 4M en las elecciones de la Comunidad de Madrid Enrique Fernández 21 abr. 2021 13:50h. Mesa electoral en las elecciones de Cataluña Las elecciones de la Comunidad de Madrid se celebran el 4 de mayo, y es posible que te toque ser miembro de una mesa electoral. En esta situación seguramente te preguntes qué excusas son válidas para librarte de participar en una mesa. A continuación, se muestran las 9 causas principales. Descubre más historias en Business Insider España. El 4 de mayo se celebran las elecciones de la Comunidad de Madrid.Más de 5 millones de ciudadanos están llamados a las urnas para este adelanto electoral que se organiza en martes, día laboral. Como ocurre en todos los comicios, cabe la posibilidad de que te toque formar parte de una mesa electoral, ya sea como vocal o presidente.
Estos cargos obligatorios y elegidos por sorteo público deben permanecer en el colegio que les corresponda durante toda la jornada y efectuar el recuento de votos. La labor de los vocales y del presidente está retribuida con una dieta de 65 euros. Además, el día inmediatamente posterior tienen derecho a una reducción de 5 horas en su jornada de trabajo. A pesar Namibia Phone Number List de ello, es posible que si te toca participar en una mesa electoral prefieras no tener que hacerlo. En estos casos debes saber que existen una serie de excusas válidas con las que puedes justificar tu ausencia, sin que ello te suponga un perjuicio en forma de sanción o incluso pena de cárcel. El CIS prevé un empate entre derecha e izquierda a 68 escaños en las elecciones del 4 de mayo en la Comunidad de Madrid Las excusas totalmente válidas para no acudir a una mesa electoral vienen recogidas en la Instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central.
Estas son las 9 principales: Ser mayor de 65 años y menor de 70 Tener una situación de discapacidad o estar al cuidado de una persona dependiente Estar en situación de incapacidad temporal para el trabajo Estar embarazada a partir de los 6 meses o encontrarse en período de descanso maternal Ser víctima de un delito por el que se haya dictado una resolución judicial que permanezca en vigor Haber formado parte de una mesa electoral en al menos 3 ocasiones en los últimos 10 años Padecer una enfermedad, dolencia o lesión repentina, siempre y cuando quede justificada Pertenecer a una confesión religiosa cuyo ideario es contrario a participar en una mesa electoral Desempeñar ciertas actividades profesionales: médicos, policías, protección civil o ejercer como jefe de los servicios informativos de un medio de comunicación que cubra la convocatoria Además, pueden existir otras excusas que sean debidamente justificadas, siempre que la Junta Electoral así lo considere.
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